A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Rodriguez Ivan Dario Alfonso·Respondent Centro De Salud Ese Ese Jorge Gonzalez Olmos Del Municipio De Paez Boyaca
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conocimiento de demandas laborales promovidas por empleados públicos contra empresa social del estado
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Promiscuo del Circuito de Miraflores y el Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Tunja.
La controversia que se presenta en los Despachos es causada por una demanda ordinaria laboral instaurada por un ciudadano, en contra de la ESE Jorge González Olmos de Páez de Boyacá, con el objetivo de que se declare la existencia de un contrato de trabajo a término fijo por haberse desempeñado como conductor de ambulancia de la entidad y, en consecuencia, se condene a la ESE a pagar las prestaciones sociales presuntamente adeudadas así como una indemnización por despido sin justa causa, entre otros emolumentos.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en este caso, (i) la entidad demandada es una ESE, esto es, una entidad pública sometida al régimen de un establecimiento público; (ii) el accionante pretende el reconocimiento y pago de acreencias originadas en un contrato laboral; y (iii) su vinculación fue en calidad de empleado público, pues ocupaba un cargo de carácter asistencial, como lo es el de conductor de ambulancia.
Por ende, la controversia se enmarca en lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 104 del CPACA.
La Corte acude al precedente de los Autos 491 y 796 de 2021, en los que se hace alusión a la calidad del funcionario para determinar la jurisdicción competente y resuelve el conflicto en reiteración de la regla de decisión dispuesta en Autos 796 de 2021 y 1012 de 2023 según la cual, la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer de una demanda laboral contra una Empresa Social del Estado promovida por un empleado público, situación jurídica que se constata cotejando las funciones que desempeña en la entidad, según lo previsto en la Ley 10 de 1990.
En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Tunja para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Promiscuo del Circuito de Miraflores y a los interesados en el proceso ordinario correspondiente.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo del Circuito de Miraflores y el Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Tunja en el sentido de DECLARAR que corresponde a este último conocer la demanda presentada por Iván Alfonso en contra de la ESE Jorge González Olmos de Páez de Boyacá, de acuerdo con las consideraciones de este auto.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-5350 al Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Tunja para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Promiscuo del Circuito de Miraflores y a los interesados en el proceso ordinario correspondiente.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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